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Urgencias serán atendidas de manera inmediata en las unidades de la Caja de Seguro Social sin tener que presentar carné

Con un memorándum  del Dr. Enrique Lau Cortés, Director General de la Caja de Seguro Social (CSS), dirigido a directores médicos de hospitales y policlínicas, se les reiteró el contenido del artículo No. 8 del reglamento de Prestaciones y Servicios en Salud, vigente que indica:   “los casos de urgencia y/o emergencia se atenderán inmediatamente. Después de otorgar la prestación se obtendrá la información necesaria para comprobar el derecho a las prestaciones por la Caja de Seguro Social”.

La norma también indica puntualmente, que no se rechazará bajo ninguna circunstancia a pacientes que acudan a los servicios de urgencia en busca de la atención en salud, cuya condición de salud comprometa su vida. En el caso particular de los niños, la atención debe brindarse sin demora alguna.

El Dr. Gustavo Santamaría, subdirector de Auditoria de los Servicios en Salud, reiteró  que es importante aclarar a la población que el médico es el que determina el grado o tipo de la emergencia del paciente. Una urgencia se atiende de inmediato y después de la atención es cuando se valida si el paciente tiene derecho a recibir atención, si es asegurado o no.

Si no es asegurado, una vez se estabiliza al paciente, se hará el traslado correspondiente. Si el paciente es asegurado y se comprueba el derecho, se continúa la atención dentro de la instalación de la CSS.
El Dr. Santamaría hizo un llamado a la población a que haga buen uso de los servicios de urgencia. Una solicitud de atención en un Cuarto de Urgencia puede atrasar la atención de un paciente que realmente la necesite y comprometer la vida de ese paciente.

El 60 ó  70% de los pacientes que acuden a los servicios de urgencias no son emergencias reales, son pacientes que se pueden atender en las consultas externas de los CAPPS, ULAPS, policlínicas básicas o policlínicas especializadas de la CSS o del Ministerio de Salud, reiteró el Dr. Gustavo Santamaría.

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