Reactivación de 25 mil contratos de trabajo no ha reanimado la economía nacional
Alrededor de 25 mil contratos de trabajo han sido reactivados hasta la fecha de un total de 261 mil contratos suspendidos, producto de la aplicación del Decreto 81, dictado a consecuencia de la pandemia del coronavirus, expresó el viceministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, Roger Tejada
En días recientes la presidenta electa de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (APEDE), Elisa Suárez había señalado que la cantidad de contratos reactivados no reflejan una efectiva reactivación económica del país.
En esa dirección, el viceministro de Trabajo expresó en el programa “Infórmate de la Verdad” que si se considera que es una cifra ínfima, debo decirle que los contratos reactivados en los bloques 1 y 2 no representan el grueso de los contratos con efectos suspendidos. Estos están en los bloques 3 y 4, es por eso que las proyecciones de la reactivación económica no se pueden medir hasta tanto se dé la apertura de estos.
Aclaró que los bloques 3 y 4 no se podrán aperturar en este momento como se tenía contemplado. Tendrá que existir la gradualidad y la medición de estrategias por áreas y provincias, siendo estas Herrera y Los Santos que han presentado los mejores índices en el combate al COVID-19. El proceso es muy dinámico y asimétrico.
Por eso no podemos hablar de una reactivación perfecta porque las condiciones no se van a poder dar por las mismas consecuencias que genera la pandemia, explicó.
10 mil denuncias
Indicó el viceministro que el MITRADEL ha recogido alrededor de 10 mil denuncias sobre diferentes situaciones laborales, aunque no todas van dirigidas al tema de abuso laboral.
Hemos encontrado muchas empresas que han aplicado los decretos 71 y 81 como han querido, sin embargo, el decreto establece que el Mitradel en base a su competencia podrá negar las solicitudes y, en efecto, hemos estado negando en las últimas semanas gran cantidad de solicitudes de suspensión de efectos de contratos porque no han cumplido con los requisitos. Y lo que produce esta negativa es que la empresa tenga que pagarle como sanción a los trabajadores su salario completo por haber incurrido en no cumplir con los requisitos, dijo.
Pago del décimo tercer mes
Ante versiones sobre la posibilidad de que no se honren los pagos de las partidas del décimo tercer mes de agosto y diciembre, Roger Tejada señaló que ningún código del trabajo del mundo podría establecer normas para una pandemia. Por eso generamos decretos, reglamentos y normas del Código de Trabajo que se adapten a la pandemia.
Hay varias situaciones; la suspensión de los efectos del contrato, trabajadores con 3 meses sin cobrar, una reducción de jornadas, con qué salario se calcula el décimo. Las preguntas de empleadores y trabajadores son cómo se paga el décimo en estas circunstancias.
Por eso es que en la Mesa Tripartita los sectores establecieron que se hablara del tema pero es totalmente falso que el sector gubernamental haya establecido en días atrás una posición.
Es falso, el sector gubernamental no establece posiciones, es un puente de dialogo y lo que buscamos es un consenso, agregó el viceministro de Trabajo.