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Fallo del Tribunal  Superior  de Apelaciones en caso Martinelli  plantea  una  guerra  de  recursos

La saga del proceso penal  que se  le  sigue  al expresidente  Ricardo Martinelli  por la supuesta interceptación de conversaciones  telefónicas entra  a una  etapa en la que ambas partes  deben explayar sus habilidades  jurídicas  para coronar  su cometido.

Para el jurista  Luis  Fuentes  Montenegro,   el fallo de un Tribunal Superior de  Apelaciones  en el que anula  la sentencia de “no culpable”  a Martinelli, no  es absoluta, basta valorar su parte resolutiva, pues el mismo se retrotrajo a una etapa anterior. Implica además un “reenvío”, es decir el expediente se envía a un tribunal para su tramitación.

Dicha tramitación, da paso a una instrucción de pruebas y esa práctica de pruebas se llevará a cabo en un nuevo tribunal de juicio, pero ello no constituye ningún nuevo proceso penal, explicó Fuentes  Montenegro.  Esas pruebas pueden favorecer mucho o no a Ricardo Martinelli, pues deben orientarse a buscar la verdad material en un plano de imparcialidad.

Según su  criterio,  en el fondo,  Ricardo Martinelli, de una condición jurídica de “no culpable”, a la verdad queda en una categoría de “no condenado”, pues sigue sin estarlo formalmente, en consecuencia se le aplica el principio procesal de presunción de inocencia, guste o no. De  los delitos que se formulaban, el proceso queda circunscrito a dos hechos: intercepción de conversaciones telefónicas y seguimiento sin previa autorización de juez competente.

Plantea Fuentes  Montenegro  dos situaciones,  que el nuevo tribunal absuelva a  Martinelli de  un fallo  que sería irrecurrible conforme  al artículo 179  del Código Procesal Penal o, en el evento  de que sea  adverso, todavía  podrá  ejercer  una  avalancha de recursos incluso, hasta la  Corte  Suprema de  Justicia.

En  la coyuntura, puede ser una auténtica Caja de Pandora, pues ahora se abre la puerta para que por ejemplo: si hubo violaciones al debido proceso, si hubo fraude procesal, salga a relucir con evidencias y posibilidad de que a partir de entonces, esas personas igualmente puedan ser procesados mediante compulsaciones de sus actos, apuntó.

“Si se mira sin fanatismo, sin esos apasionamientos comprensibles, a favor o en contra, se observará que ese interesante fallo no es tan adverso al señor Ricardo Martinelli”,  concluyó Luis  Fuentes  Montenegro.

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