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El “Mutuo acuerdo” se convertirá en una masacre de  despidos en plena  pandemia

El mutuo  consentimiento  últimamente se  ha traducido  en  un disfraz de despidos auténticos  con las reducciones   del pago de  las prestaciones  y con la extensión  del pago   más allá  de  seis meses,  expresó el  asesor  legal de CONATO, Víctor Collado Sánchez.

La situación general es que la suspensión de los contratos de  trabajo  como consecuencia de  esta pandemia -arriba  de  250 mil- no va  acompañada de ninguna renta  básica  que le permita  a los trabajadores seguir  soportando  la crisis, indicó  al referirse  al  proyecto  de  protección de  empleos  presentado por  la ministra  de Trabajo  y Desarrollo Laboral, Doris  Zapata.

“Esto  es  absolutamente injusto porque hasta la  ONU ha dicho  que la crisis  impone la obligación de atender  las  necesidades sociales  y económicas de los trabajadores  y aquí desde marzo que están suspendidos y  ahora hasta  fin de año,  los trabajadores  no tienen garantía de ninguna renta”.

Sostiene  el asesor  legal de  CONATO  que  con el Plan  Panamá  Solidario  hay otra situación, debido  a que a la fecha,  hay trabajadores  que no han recibido  la ayuda  y  la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG), está  todavía  pidiendo a los trabajadores  que  tengan inconvenientes  que se registren  en tal  o cual correo electrónico.

En lo que respecta  al mutuo consentimiento, que  se  ha traducido  en un disfraz  de despidos  auténticos  con las  reducciones  del pago de las  prestaciones y con la extensión  del  pago  más allá de seis meses, que es la única  referencia  que consta  en la ley; el anteproyecto del MITRADEL  preveía  una intervención  del ministerio  de que el mutuo no tendría validez  si no era firmado  por  una  laboral para darle protección a los  trabajadores. Ahora  eso se eliminó, solo bastará  conque la  empresa  le dé el mutuo  al  trabajador, quien tendrá  dos días  para  pronunciarse, sino  se expresa, se entiende que lo rechazó  y si   el documento  se firma  sin haberle dado los  dos días, el empleado podrá  acudir a los  tribunales  de trabajo a  presentar  una demanda laboral.

A criterio  de Collado, esto  significa  judicializar el reclamo  del mutuo acuerdo  pero  no se  garantiza  la protección inmediata  para que no ocurran los miles de  mutuos  acuerdos que se  están firmando  desde  que  se anunció el proyecto de ley.

 El  pago  del décimo  tercer  se ha convertido  en otro elemento de conflicto  entre  las partes. Según el asesor legal de  CONATO, el  proyecto  de ley  establecía  que la segunda y tercera  partida   se les pagaría  con un  piso de 50  dólares para  aquellos  empleados  con contratos  suspendidos,  a los de  jornada reducida se  les pagaría  proporcionalmente, mientras que las empresas  que nunca  habían cerrado, debían  pagarlo de acuerdo  con lo que establece  la ley. “Extrañamente se eliminó  la tercera  partida  de diciembre  a  los  trabajadores  con contratos  suspendidos  y con jornadas reducidas”.

  Porqué  se dejó por fuera  la partida  de diciembre si la ley  debe  durar  hasta el 31 de diciembre? Se  preguntó al tiempo que señaló  que  van a auscultar  que hay detrás de  esta  intención.

 Conato está esperando la promulgación de la ley  y  está haciendo los estudios  necesarios  para presentar una  posición  unificada   de cómo  debemos enfrentar  está situación de aquí al 31  no esperar  el 31 de diciembre, agregó Víctor  Collado.

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