Dinero

Contrato de Panama Ports “no contempla renegociación”, afirma Ernesto Cedeño  

El contrato mediante el cual el Estado otorgó en concesión los puertos de Balboa y Cristóbal a la empresa Panama Ports Company (PPC) “no contempla en su articulado la renegociación”, afirmó el abogado Ernesto Cedeño al analizar los alcances jurídicos de la referida concesión.

“Desde el punto de vista jurídico, no encontré una norma que pueda obligar a renegociar el contrato porque es un acuerdo entre las partes y fue elevado a Ley de la República, aprobado por la Asamblea Nacional como el Contrato-Ley 5 de 1997”, opinó Cedeño, respetado por su experiencia en auditoria, análisis jurídico y contratos con el Estado.    

 

Insistió, en una entrevista en medios radiales, en que “jurídicamente no puede modificarse los artículos del contrato porque es Ley de la República”. Explicó, además, que cualquier modificación al contrato original debe hacerse extensivo a los demás concesionarios del sistema portuario nacional.   

Así lo establece la Ley General de Puertos del 2008, promulgada para estabilizar el sistema. “Renegociar cualquier elemento implica romper la seguridad jurídica, desequiparar los puertos, que están equiparados, poner a unos en ventaja de otros, lo cual es incorrecto porque no es eso lo que se buscaba con la Ley General de Puertos”, subrayó.

Como exasesor jurídico de la Contraloría General de la República (CGR) por casi dos décadas, Cedeño planteó que “no hay que especular” en el caso de PPC es obligatoria la renovación automática del contrato suscrito a 50 años, cuya primera etapa de 25 años vence en enero del 2022.

Se refirió a la cláusula 2.9 del Contrato-Ley No. 5 del 16 de enero de 1997 que establece que una vez terminado el plazo de los primeros 25 años “se prorrogará automáticamente por un periodo adicional de 25 años bajo los mismos términos y condiciones, siempre y cuando la empresa haya cumplido con todas sus obligaciones básicas, de acuerdo con este contrato”.   

Cedeño sostuvo que las obligaciones contractuales tienen fuerza de ley entre las partes contratantes y deben cumplirse. ”Jurídicamente el contrato debe renovarse automáticamente porque la Contraloría certificó que la empresa cumplió con sus obligaciones”, señaló.  

La auditoría, que abarcó entre el 16 de enero de 1997 y el 30 de junio del 2020, determinó que en ese periodo las operaciones de PPC se efectuaron “en cumplimiento sustancial” de las 11 cláusulas y obligaciones del contrato de concesión y sus adendas.     

Cedeño recordó que el contrato original fue modificado en el 2002 durante gobierno de Mireya Moscoso y posteriormente en el 2005 durante la administración de Martin Torrijos, el gobierno y PPC pactaron que la empresa pagaría una contraprestación de $102 millones por la infraestructura recibida en Balboa y Cristóbal, que tuvo que demoler porque no era apta para el trasbordo de contenedores.    

La auditoría de la CGR dada a conocer en febrero reveló que PPC hizo una inversión de $1,695 millones en ambos puertos lo que ha permitido captar el trasbordo de un 45% de los 7.8 millones de contenedores que mueve el sistema portuario nacional.

El audito oficial demostró que PPC pagó al Estado en las últimas dos décadas un total de $445 millones por movimiento de contenedores.  La CGR también reveló que en ese periodo la empresa concesionaria PPC ha contribuido con $5,935 millones a la economía nacional en inversiones realizadas, pagos al Estado, efectos indirectos y el valor agregado de las operaciones portuarias.     

Cedeño consideró como “posturas politizadas y sin fundamento” la de quienes se oponen a la renovación del contrato a PPC. “Son opiniones contrarias a lo que dice la concesión, lo que dice el contrato y lo que dice la Contraloría. Hay que darle a la Contraloría la confianza que amerita”, enfatizó.   

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *